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Se redefine el Programa de Acompañamiento Social: quiénes pueden cobrar $78.000

La Resolución 90/2026 fija una asignación de $78.000 y condiciona el cobro a corresponsabilidades de salud, educación y capacitación.

Publicado el 17 de abril de 2026, 08:05 hs

Se redefine el Programa de Acompañamiento Social: quiénes pueden cobrar $78.000

El Ministerio de Capital Humano oficializó la Resolución 90/2026 que redefine el Programa de Acompañamiento Social (PAS) y fija la asignación en $78.000 mensuales para quienes mantengan la condición de titular (Resolución 90/2026, Ministerio de Capital Humano; iProfesional, 14/04/2026). Esto no es una apertura masiva: el universo beneficiario se estructura y se condiciona. Vemos tres cambios centrales: la focalización por perfiles, la lista de corresponsabilidades y causales de baja más estrictas.

¿A quiénes alcanza realmente el PAS?

El reglamento aclara que el PAS no se amplía por inscripción abierta: alcanza exclusivamente a quienes ya revistan la calidad de titulares a la fecha de la resolución (Resolución 90/2026, Ministerio de Capital Humano; iProfesional, 14/04/2026). El universo se divide en tres grupos principales: personas de 50 años o más en situación de vulnerabilidad (50 años, fuente: Resolución 90/2026, Ministerio de Capital Humano; iProfesional, 14/04/2026), mujeres con 4 o más hijos menores de 18 años (4 hijos, misma fuente) y titulares provenientes de Unidades de Gestión vinculadas a situaciones especiales. En cuanto a incompatibilidades, el texto incluye criterios cuantitativos: no podrán cobrar quienes tengan un vehículo de menos de 10 años de antigüedad (10 años, Resolución 90/2026, Ministerio de Capital Humano; iProfesional, 14/04/2026) o más de una propiedad inmueble. Esa definición de «situación de vulnerabilidad» combina edad, composición familiar y patrimonio, y por eso conviene revisar caso por caso.

¿Qué obligaciones piden y qué se busca controlar?

El cobro del PAS está condicionado a corresponsabilidades en tres ejes: salud, educación y capacitación. En salud piden controles de embarazo y acreditar el Plan Nacional de Vacunación de los menores a cargo. En educación hay que certificar la regularidad escolar. En capacitación, es obligatorio completar cursos en la plataforma "Formando Capital Humano", orientados a alfabetización digital y cuidado integral (Resolución 90/2026, Ministerio de Capital Humano; iProfesional, 14/04/2026). La resolución también establece compatibilidades: el PAS puede coexistir con AUH, Tarjeta Alimentar, Monotributo Social y trabajos registrados siempre que la remuneración bruta sea inferior a un SMVM (mención en la resolución; iProfesional, 14/04/2026). Un punto temporal relevante: la norma garantiza la percepción por hasta 1 año adicional una vez cumplida la edad jubilatoria o iniciado el trámite de jubilación (1 año, Resolución 90/2026; iProfesional, 14/04/2026), buscando cubrir la brecha que suele producirse en la transición hacia el sistema previsional.

¿Qué problemas prácticos trae y cómo defenderse?

Hay tres riesgos prácticos: cruces automáticos de bases que provocan bajas por errores, criterios patrimoniales ambiguos (por ejemplo, el cómputo de gastos con tarjeta o billeteras) y sanciones por conductas públicas como cortes de calle o hechos de violencia. La resolución habla de gastos con tarjeta o billeteras virtuales que superen el equivalente a un SMVM en el promedio de los últimos seis meses (6 meses, Resolución 90/2026; iProfesional, 14/04/2026). Ante eso recomendamos lo siguiente: primero, documentar cada paso del trámite; pedir y guardar constancias escritas cuando se presenten comprobantes; conservar capturas de pantalla y comprobantes de turno o carga de datos. Segundo, priorizar la vía oficial para consultas y pedidos de reconsideración y exigir respuestas por escrito. Tercero, si hay baja por cruces, pedir el detalle del cruce y los períodos analizados; el reclamo administrativo es el primer paso antes de litigar. Ojo que la autoridad de aplicación anunció cruces de datos desde la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, por lo que conviene revisar expedientes y actas familiares con atención.

Cerramos con lo práctico: sí, es un embole, pero estas reglas se aplican ya y tienen implicancias concretas sobre quién percibe la plata. Recomendamos actuar con documentación, pedir constancias por escrito y, si corresponde, asesorarse para apelar. No se trata solo de entender la letra de la resolución; se trata de reducir el riesgo de perder un ingreso que, según la norma, alcanza $78.000 mensuales (Resolución 90/2026, Ministerio de Capital Humano; iProfesional, 14/04/2026).

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