ARCA lanza plan para que clínicas y sanatorios paguen deudas en hasta 60 cuotas
ARCA habilitó un régimen para establecimientos con internación que permite financiar deudas vencidas hasta el 31/5/2026 en hasta 60 cuotas, con anticipo del 3% y cuota mínima de $50.000.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó un régimen especial para que clínicas, sanatorios y establecimientos de salud con internación regularicen deudas fiscales, aduaneras y de seguridad social en hasta 60 cuotas.
¿De qué se trata?
Es un plan de facilidades de pago creado por la Resolución General 5858/2026 publicado en el Boletín Oficial, y permite incluir obligaciones vencidas y multas hasta el 31 de mayo de 2026. Según la resolución (Boletín Oficial, 4/6/2026), el acogimiento exige un pago a cuenta equivalente al 3% del monto consolidado y establece una cuota mínima de $50.000. La financiación podrá extenderse hasta 60 cuotas mensuales, iguales y consecutivas. Ojo que la adhesión no implica reducción de intereses ni liberación de sanciones, según la norma citada en la publicación de Ámbito.
¿Quiénes pueden adherir y qué deudas incluye?
Pueden adherir los establecimientos caracterizados como "481 - Establecimientos de Salud con Internación" que figuren en la nómina que el Ministerio de Salud remita a ARCA. La resolución detalla que se pueden incluir obligaciones impositivas, recursos de la seguridad social, retenciones y percepciones, obligaciones aduaneras, multas e intereses vinculados (Resol. Gral. 5858/2026, Boletín Oficial). Quedan excluidos aportes y contribuciones destinados a obras sociales, cuotas de ART, anticipos y pagos a cuenta, determinadas obligaciones del IVA y planes ya vigentes. Tampoco podrán adherir sujetos con condenas firmes por delitos tributarios, aduaneros o por incumplimientos fiscales y previsionales (fuente: Boletín Oficial / Ámbito).
¿Cómo funciona el plan y cuáles son las condiciones prácticas?
El período de adhesión va del 9 de junio al 30 de septiembre de 2026; eso son 114 días para presentar el pedido a través del servicio "Mis Facilidades" de ARCA (Resol. Gral. 5858/2026). La tasa de financiación se fijó como equivalente al 50% de la tasa resarcitoria vigente al 9 de junio de 2026, conforme lo dispuesto por el Ministerio de Economía (Boletín Oficial). El plan establece que las cuotas deberán ser mensuales, iguales y consecutivas, y que se caducan automáticamente cuando se registran dos cuotas impagas, consecutivas o alternadas, o si la última cuota queda impaga por más de 60 días. En esos casos ARCA podrá iniciar acciones judiciales por el cobro del saldo pendiente (fuente: Resolución citada).
¿Qué implica esto para las clínicas, los pacientes y la fiscalización del sector?
Vemos que la medida busca aliviar la presión de caja de los prestadores con internación sin otorgar quitas: exige anticipo del 3% y mantiene intereses y sanciones intactas (Boletín Oficial). Para una clínica con deuda consolidada, la cuota mínima de $50.000 puede resultar alta y condicionar el efectivo disponible para gastos operativos. Desde el punto de vista público, la norma llega mientras la Superintendencia de Servicios de Salud declaró en crisis a cinco obras sociales mediante resoluciones 934–938 por problemas contables y prestacionales (fuente: Boletín Oficial, resoluciones 934/2026 a 938/2026). Sí, es un alivio parcial: permite ordenar deudas, pero exige que los beneficiarios demuestren capacidad de pago y estén correctamente registrados. Ojo que la caducidad por impago y la posibilidad de acciones judiciales implican riesgo operativo si el flujo no mejora.
Qué conviene hacer ahora si dirigís un establecimiento
Primero, verificar si figurás en la nómina que remitirá el Ministerio de Salud y comprobar que la caracterización registral sea la "481" en el registro de ARCA. Segundo, calcular el monto consolidado y el anticipo del 3% para ver si conviene entrar: la cuota mínima de $50.000 y la tasa (50% de la tasa resarcitoria al 9/6/2026) deben incorporarse al flujo proyectado. Tercero, si se opta por adherir, presentar la solicitud dentro de los 114 días que dura el período de adhesión (9/6–30/9/2026) y mantener disciplina de pago, porque dos cuotas impagas provocan la caducidad del plan y la posible acción judicial. Fijate además si existen planes provinciales o privados alternativos antes de comprometer caja: transparencia y trazabilidad en los números son clave.